Conozca algunas normas para la instalación de agua potable en Panamá
Como ocurre en la inmensa mayoría de los territorios poblados del planeta, el acceso al agua potable es una necesidad creciente que, en Panamá, impone la necesidad de contar con adecuadas fuentes de abastecimiento.
Esta premisa básica y lógica, agravada por el deterioro del medio ambiente y la necesidad de abastecer el Canal de Panamá, se complementa con la necesidad de crear una infraestructura que permita llevar el agua desde las fuentes hasta el punto de entrega, en casas, residenciales y empresas.
Significa crear infraestructuras subterráneas, a nivel del suelo y en pasos aéreos, con la resistencia necesaria para que soporte presiones e inclemencias, muchas veces por distancias considerables.
El recurso del agua potable, como fuente de vida y de salud para los habitantes, en consecuencia, es un tema prioritario para la Administración Pública, por lo que su uso está regido por una normativa de cumplimiento obligatorio.
La normativa, que encuentra sustento en nuestra Constitución Política, incluye leyes, decretos y reglamentos que involucran a toda una diversidad de instituciones del estado y organizaciones comunales.
Documentación previa
Una de las normas establecidas para el uso y disfrute del recurso hídrico es un decreto emitido por el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), en el que se establecen las normas técnicas para la aprobación de los planos de sistemas de acueductos y alcantarillados.
A título de ejemplo, mencionamos algunos de los datos generales y básicos que exige el protocolo de presentación de documentos, para el diseño de un sistema de acueductos:
- El nombre del proyecto y el sistema al cual el proyecto se conectará y el nombre y firma del profesional idóneo responsable del diseño del sistema correspondiente, el autor de la topografía, la identificación del propietario y de las autoridades encargadas de la aprobación.
- Los límites del área o del terreno a la cual se refiere el proyecto y la ubicación regional y el amarre del sistema a la red existente. Si no existe red, se debe hacer el amarre referenciado a las coordenadas geográficas.
- Los planos deben contener información precisa de las referencias topográficas y de niveles (incluyendo B.M. con elevaciones verdaderas) que deberán dejarse en el campo debidamente identificadas, para permitir una fácil y adecuada localización y replanteo de todas las partes del proyecto para su construcción.
- Establecer en los planos, mediante levantamiento de campo, la localización de estructuras permanentes existentes (edificios, calles, aceras, rieles, etc.) y del sistema eléctrico y de comunicaciones existentes (ductos subterráneos, cámaras de inspección y postes).
- Establecer en los planos el sistema de acueducto existente (tuberías, cajas de válvulas, hidrantes, conexiones domiciliarias y los sistemas pluviales existentes (tuberías, tragantes y cámaras de inspección), para definir elevaciones de tapas y fondos de las cámaras de inspección, tragantes y entradas y diámetros de tuberías.
Las generalidades, mencionadas a título de ejemplo, son una muestra del celo con que protege el Estado la salud de los panameños, a través del suministro de agua potable y la complejidad de los procedimientos previos a la instalación de un sistema de abastecimiento.
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